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sábado, febrero 28, 2015
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domingo, febrero 22, 2015
domingo, febrero 08, 2015
viernes, febrero 06, 2015
Manifiesto Internacional sobre anonimato, libertad de expresión y privacidad en línea en Ecuador
“La Web es una creación social más que una tecnológica. Yo la diseñé para que tenga una efecto social -ayudar a las personas a trabajar juntos- y no como un juguete técnico. El objetivo final de Internet es el de apoyar y mejorar nuestra existencia en red en el mundo.” Tim Berners-Lee
En las últimas semanas hemos visto con preocupación como el Presidente del Ecuador, Rafael Correa, y diversos funcionarios de ese gobierno han hecho varios pronunciamientos que van en contra del estándar sobre el anonimato en la red, expresiones en donde se ha pretendido dar a la sátira en redes sociales un carácter conspirativo e incluso criminal, que se ha llamado a sus seguidores a librar “una batalla” en las redes sociales a los críticos, y que se ha dado paso a preocupantes anuncios de que se estaría considerando la adopción de legislación restrictiva o regresiva para la protección del libre ejercicio de los derechos en plataformas digitales como Internet.
Por estas razones y considerando que,
Los derechos humanos garantizan la libertad de expresión, la intimidad (privacidad), entre otros derechos que se encuentran reconocidos en: la Carta Universal de Derechos Humanos, en la Convención Americana de DDHH, en la Constitución Ecuatoriana, en el Código Orgánico Integral Penal de Ecuador, en la Ley de Comunicación y en el proyecto final de Ley de Telecomunicaciones, y diversos acuerdos internacionales.
La ONU declaró que "los derechos de las personas también deben estar protegidos en Internet"; y que nuestro país se adhirió a resoluciones de esa entidad internacional para mantener la privacidad en la era digital.
El respeto al derecho a la intimidad de los ciudadanos y ciudadanas usuarios de internet fue uno de los postulados adoptados por la Cumbre de Presidentes del Mercosur, declaración a la que Ecuador se adhirió.
La diversidad de opinión es pilar fundamental de la construcción democrática del Ecuador. Dentro de estas opiniones se encuentra la sátira que constituye una crítica aguda con intenciones burlescas, pero que no cae en la falsa imputación de un delito (injuria).
El anonimato es una herramienta legal e indispensable para la libertad de expresión de quienes temen represalias del poder ante las críticas o denuncias que pueda hacer un ciudadano o ciudadana, ya sea en medios offline u online.
La Constitución de la República del Ecuador reconoce (art. 66 num. 6) a toda persona “el derecho a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones”, y en el art. 66, numeral 8: “El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias”, incluyendo opinar anónimamente.
Como organizaciones e individuos dedicados a la defensa y promoción de los derechos humanos en Internet en la región latinoamericana manifestamos que:
• Reprobamos cualquier acto de violencia como consecuencia del ejercicio de la libertad de expresión o de cualquier otro derecho.
• El anonimato es parte esencial de la estructura descentralizada del Internet. Esta es una característica intrínseca de su arquitectura y diseño, y forma parte de la esencia de la comunicación en línea.
• El anonimato es una herramienta fundamental para ejercer plenamente el derecho a la libre expresión, ya sea en Internet o fuera de ella.
• La difusión de datos personales de quienes usan legalmente el anonimato constituye una amenaza a la integridad de las personas, promueve la censura y afecta el control legítimo que la sociedad debe realizar de la actividad pública.
• Mientras no se cometan delitos tipificados, el anonimato debe ser garantizado por el Estado y todos sus entes, de acuerdo a la Ley.
• Intimidar o direccionar a grupos para el ataque virtual o físico a personas, independientemente de su posición política, puede derivar en polarización y violencia en la sociedad.
• Consideramos que los recursos públicos deben brindar las garantías suficientes para promover el libre ejercicio de nuestros derechos también en plataformas digitales.
Suscriben:
Usuarios Digitales (Ecuador)
Derechos Digitales (Chile)
Access (Internacional)
Fundamedios (Ecuador)
Fundaciòn Karisma (Colombia)
Oficina Antivigilância (Brasil)
En las últimas semanas hemos visto con preocupación como el Presidente del Ecuador, Rafael Correa, y diversos funcionarios de ese gobierno han hecho varios pronunciamientos que van en contra del estándar sobre el anonimato en la red, expresiones en donde se ha pretendido dar a la sátira en redes sociales un carácter conspirativo e incluso criminal, que se ha llamado a sus seguidores a librar “una batalla” en las redes sociales a los críticos, y que se ha dado paso a preocupantes anuncios de que se estaría considerando la adopción de legislación restrictiva o regresiva para la protección del libre ejercicio de los derechos en plataformas digitales como Internet.
Por estas razones y considerando que,
Los derechos humanos garantizan la libertad de expresión, la intimidad (privacidad), entre otros derechos que se encuentran reconocidos en: la Carta Universal de Derechos Humanos, en la Convención Americana de DDHH, en la Constitución Ecuatoriana, en el Código Orgánico Integral Penal de Ecuador, en la Ley de Comunicación y en el proyecto final de Ley de Telecomunicaciones, y diversos acuerdos internacionales.
La ONU declaró que "los derechos de las personas también deben estar protegidos en Internet"; y que nuestro país se adhirió a resoluciones de esa entidad internacional para mantener la privacidad en la era digital.
El respeto al derecho a la intimidad de los ciudadanos y ciudadanas usuarios de internet fue uno de los postulados adoptados por la Cumbre de Presidentes del Mercosur, declaración a la que Ecuador se adhirió.
La diversidad de opinión es pilar fundamental de la construcción democrática del Ecuador. Dentro de estas opiniones se encuentra la sátira que constituye una crítica aguda con intenciones burlescas, pero que no cae en la falsa imputación de un delito (injuria).
El anonimato es una herramienta legal e indispensable para la libertad de expresión de quienes temen represalias del poder ante las críticas o denuncias que pueda hacer un ciudadano o ciudadana, ya sea en medios offline u online.
La Constitución de la República del Ecuador reconoce (art. 66 num. 6) a toda persona “el derecho a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones”, y en el art. 66, numeral 8: “El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias”, incluyendo opinar anónimamente.
Como organizaciones e individuos dedicados a la defensa y promoción de los derechos humanos en Internet en la región latinoamericana manifestamos que:
• Reprobamos cualquier acto de violencia como consecuencia del ejercicio de la libertad de expresión o de cualquier otro derecho.
• El anonimato es parte esencial de la estructura descentralizada del Internet. Esta es una característica intrínseca de su arquitectura y diseño, y forma parte de la esencia de la comunicación en línea.
• El anonimato es una herramienta fundamental para ejercer plenamente el derecho a la libre expresión, ya sea en Internet o fuera de ella.
• La difusión de datos personales de quienes usan legalmente el anonimato constituye una amenaza a la integridad de las personas, promueve la censura y afecta el control legítimo que la sociedad debe realizar de la actividad pública.
• Mientras no se cometan delitos tipificados, el anonimato debe ser garantizado por el Estado y todos sus entes, de acuerdo a la Ley.
• Intimidar o direccionar a grupos para el ataque virtual o físico a personas, independientemente de su posición política, puede derivar en polarización y violencia en la sociedad.
• Consideramos que los recursos públicos deben brindar las garantías suficientes para promover el libre ejercicio de nuestros derechos también en plataformas digitales.
Suscriben:
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lunes, febrero 02, 2015
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